Procesal Laboral 3.
La notificación:
Es una garantía constitucional
jurídica procesal, vinculada directamente con el derecho a la defensa, para
evitar que el administrado sea juzgado sin habérsele oído. Razón por la cual la
notificación se ubica como materia de estricto orden público.
La notificación se puede realizar por:
ü
Cartel
ü
Mandato expreso
ü
Notario
ü
Correo Certificado
ü
Correo electrónico
¿En qué oportunidad se promueve las pruebas?:
ü
Las pruebas se deben promover en la primera
reunión de Audiencia Preliminar.
¿Cuándo se contesta la demanda?
ü Después
de finalizada la Audiencia Preliminar, tendrá un lapso de 5DH siguientes para que
el demandado consigne por escrito la contestación de la demanda, con la carga
de determinar con claridad cuáles de los hechos invocados en la demanda admite
como ciertos y cuales niega o rechaza, motivando su rechazo.
¿Cuándo se agregan las pruebas?
ü
Una vez contestada la demanda, el Juez de
sustanciación agrega las pruebas al expediente.
¿Qué son las pruebas?
Son los medios que tienen por finalidad acreditar los hechos
expuestos por las partes en el proceso.
¿Cómo se contesta la prueba?
De manera clara, precisa, especifica en todas y cada una de
las partes.
¿A quién le corresponde la carga de la prueba?
ü
En principio a quien la pretenda
ü
A quien niega la prueba
ü
A quien traiga nuevos hechos al proceso
¿Qué es la prueba anticipada?
Es un procedimiento autónomo, que tiene como finalidad
asegurar la obtención de la prueba preventivamente evitando que la pretensión
se haga ilusoria.
¿Quién solicita una medida cautelar?
En materia Laboral las medidas cautelares pueden tomarse de
oficio o a petición de parte.
¿Para qué se decretan las medidas cautelares?
Para disipar el temor de que la prueba no estaría disponible para el momento del debate
en la audiencia de juicio.
¿Qué es el término de la distancia?
ü Es el tiempo que debe conceder el Juez para que
los notificados que vivan o tengan sus domicilios en lugares distintos a la
sede del tribunal puedan acudir oportunamente, cuando el acto requiera de su
presencia.
¿Se pueden solicitar y acordar
medidas cautelares en el procedimiento Laboral?
Sí, Art. 137 LOPT. A petición de
parte, podrá el Juez de Sustanciación,
Mediación y Ejecución acordar medidas cautelares que considere pertinentes a
fin de que se haga ilusoria la pretensión.
¿Se admite cuestiones previas en
procedimiento Laboral?
No. Art. 129
LOPT. La Audiencia Preliminar será en
forma oral, privada y presidida personalmente por el Juez de SME. Con la
asistencia obligatoria de las partes o sus apoderados. La misma no se admitirá
la oposición de cuestiones previas.
¿Qué es la sana crítica y en qué
se diferencia de la libre convicción?
Para Couture, La
sana crítica, está entre la prueba legal y la libre convicción, son reglas del
correcto entendimiento humano, y la libre convicción hace referencia al modo de
razonar, el Juez adquiere el convencimiento de la verdad con las pruebas de
autos o fuera de éstas.
¿Qué es la máxima de experiencia?
Son los razonamientos lógicos del
Juez, basados en sus conocimientos y reglas de experiencia que contribuyen a
formar convicción en cuanto a los hechos.
¿Qué sistemas se aplican para
valorar las pruebas?
ü
La prueba legal o tasada
ü
La sana critica
ü
La libre convicción
¿Quiénes pueden ser testigos en el procedimiento Laboral?
ü
Los terceros interesados o forzosos
ü
Los peritos o expertos
¿Quiénes no podrán ser testigos en el procedimiento Laboral?
ü
Los menores de doce años
ü
Los interdictos
ü
Quienes hagan profesión de testificar en juicio
¿Los familiares de las partes podrán testificar en un juicio
Laboral?
No. Art. 480 CPC.
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