viernes, 20 de septiembre de 2013

Derecho Procesal Laboral


Derecho procesal Laboral

ü  ¿Qué es la Inspección Judicial?: según Morales (2009) Es el reconocimiento que la autoridad judicial que hace de las personas, lugares, cosas o documentos a que se refiere la controversia  para imponerse de las circunstancias que no podrían acreditarse mejor.  Concordancia con Art. 111 de LOPT, 1428 CC y 472 CPC.

o   Cuando la promueven las partes en la fase de SM lo hacen a fin de preservar la prueba

o   Cuando la promueve el Juez de Juicio lo hace la formarse una convicción.

ü  ¿En qué  consiste la exhibición de documentos? Es la solicitud que se le hace al tribunal para que la contraparte exhiba un documento que se halla en su poder. La  exhibición de verá ir acompañada de copia del documento.

o   Cuando se trate de documentos que por mandato legal debe llevar el empleador, bastará que el trabajador solicite su exhibición.

ü  ¿Qué es la prueba de informes? Es la solicitud que hace la parte interesada en la latis al tribunal para  aportar al proceso datos concretos acerca de actos o hechos resultantes de la documentación, archivos o registros contables que se hallen en poder de terceros y que no hacen parte del proceso.

Prueba de Informes
Exhibición de Documentos
1.      El documento se halla en poder de un tercero.
2.      Puede ser requerida a oficina pública o privada.
3.      El tercero que tiene el documento no hace parte del proceso.
4.      Debe relacionarse el informe con los hechos concretos del proceso.
1.      El documento de halla en poder de la contraparte.
2.      Es requerido a la parte contraria.
3.      quien tiene el documento hace parte del proceso.
4.      Se requiere copia o afirmar que dicho documento está en poder de la otra parte.

 

ü  ¿Qué es la Tacha de Instrumento? Tacha es falta, defecto, nota desfavorable, que permita rechazar la validez de un documento o la declaración de un testigo.

ü  ¿Qué es la prueba de Cotejo? Cotejar es comparar, confrontar una cosa con otra, La prueba de cotejo debe ser realizada por expertos nombrados por el juez.

ü  ¿Qué son documentos indubitados?  Son los documentos  en los cuales no dudamos de su autenticidad, no hay duda.

1.      Los Registrados y notariados.

2.      Los aceptados par las partes como tales en el proceso.

ü  ¿Qué diferencia hay entre Prueba de cotejo y Experticia?

o   La prueba de Cotejo  se realiza sobre el instrumento (documento) y la experticia es la manifestación del experto.

ü  ¿Qué es un Lapso? Un lapso es el espacio de tiempo entre dos referencias, son de orden público y deben cumplirse, están determinados por la Ley, pero en ausencia de regulación legal, el Juez Laboral puede fijarlos. Art.65 LOPT.  Los lapsos pueden contarse por días, mese o años Art. 66 LOPT, los actos procesales sólo se permiten en el lapso de las seis (6) de la mañana y las seis (6) de la tarde. Art. 68 LOPT. Es necesario tener en cuenta el término de la distancia.

ü  ¿Qué es un Término? Es un tiempo señalado para un fin puede incluir el día y la hora para cumplir o hacer cumplir algo. En materia procesal se consideran :

Ø  Término cierto: es aquel que precisa la designación de hora, día, mes y año en que concluye.

Ø  Término convencional: es el que estipulan las partes.

Ø  Término judicial: es el que está establecido en las leyes procesales o las que designa el juez.

Ø  Término preclusivo: Es el que prescribe o extinga al cumplirse, la obligación o el derecho.

Ø  Término suspensivo: El derecho no nace hasta cumplir una obligación de exigibilidad previa.

Ø  Término fatal: es cuando terminó y es improrrogable.

ü  De los lapsos y días hábiles

o   Los lapsos legales se contaran de la siguiente manera:

1.      Por año o meses serán continuos y terminaran el último día del año o mes respectivamente.

2.      Establecidos por día, se contaran por días hábiles, salvo que la ley disponga que sean continuos.

3.      Para los términos y lapsos de culminen el día inhábil, se entenderán prorrogables hasta el día hábil siguiente.

4.      Son hábiles para las actuaciones judiciales previstas en esta Ley, todos los días del año excepto: los sábados, domingos, feriados nacionales, regionales, vacaciones judiciales y aquellos en los cuales el Tribunal no disponga despachar.

ü  ¿Cuáles son las causales de nulidad de la sentencia? La sentencia será nula por:

1.      Por falta de determinación. (redacción clara, precisa,  lacónica, determinación del objeto)

2.      Por haber absuelto la instancia

3.      Por resultar de sentencia contradictoria, no pueda ejecutarse, no aparezca lo decidido.

4.      Cuando sea condicional o contenga Ultrapetita.

ü  ¿Qué es la Ultra petita y citra o infra petita y la extra petita?

o   Ultra Petita: el Juez otorga más de lo pedido por  la parte

o   Citra o Infra Petita: el Juez otorga menos de lo pedido por la parte

o   Extra Petita: El juez otorga algo diferente a lo solicitado por la parte.

 

 

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